Bases y condiciones
Período para presentar proyectos: hasta el 29 de septiembre de 2025
OBJETO
El presente documento establece las bases y condiciones del programa “Impulso Turístico 50/50”, una iniciativa impulsada por el Gobierno de la Provincia de La Rioja, alineado con el Plan Estratégico de Turismo Sostenible PlanTur La Rioja 360, con especial énfasis en el eje de Desarrollo Sostenible, orientada a fortalecer a los prestadores turísticos locales mediante el financiamiento parcial de proyectos que promuevan la identidad territorial, la sostenibilidad y la mejora de los servicios turísticos.Impulso Turístico 50/50 se fundamenta en tres pilares:
Ambiental: preservación y uso responsable de los recursos naturales.
Económico: fomento del crecimiento equilibrado y competitivo de la actividad.
Social: mejora de la calidad de vida de las comunidades locales, respeto cultural e inclusión.
OBJETIVOS ESPECÍFICOS
2.1 Mejorar la gestión y operación de prestadores turísticos mediante proyectos de servicios, atención y calidad de experiencia.2.2 Fomentar la formalización y adopción de buenas prácticas empresariales.
2.3 Desarrollar productos y experiencias con identidad local.
2.4 Incrementar la competitividad mediante equipamiento, capacitación y tecnología.
2.5 Estimular la permanencia del visitante y dinamizar las economías regionales.
ALCANCE:
El programa está dirigido Prestadores de Turismo Registrados de toda la provincia de La Rioja. Podrán participar:
Personas físicas: emprendedores individuales o grupos asociativos.
Personas jurídicas: cooperativas, asociaciones civiles, fundaciones u otras entidades con personería jurídica.
3.1 QUEDAN EXCLUIDOS DEL PROGRAMA:
– Personas físicas o jurídicas con vínculo contractual con organismos del Gobierno de provincia de La Rioja
– Quienes hayan sido beneficiarios de otros programas provinciales similares.
– Quienes hayan sido beneficiarios en ediciones anterior del programa.
FUNCIONAMIENTO
El Programa otorga financiamiento bajo la modalidad de Aportes No Reintegrables (ANR), con un esquema de inversión compartida:– 50% del monto del proyecto será aportado por el Gobierno de La Rioja.
– 50% deberá ser aportado por el emprendedor o institución beneficiaria.
El monto máximo otorgado por el Gobierno será de dos millones de pesos argentinos ($2.000.000)
REQUISITOS DE POSTULACIÓN
Ya sea personas físicas o jurídicas, quienes deseen postular proyectos al programa, deben:
– Estar inscriptas en el Registro de Prestadores de Turismo de la Secretaria de Turismo de la provincia de La Rioja.– Completar el formulario virtual de postulación de su proyecto >> Click aquí
– Presentar un presupuesto detallado de los bienes o servicios solicitados, en la carga del formulario.
DESTINO DE LOS FONDOS
Los aportes podrán destinarse exclusivamente a:– Compra de equipamiento técnico y herramientas de trabajo.
– Obras de mejora edilicia necesarias para el proyecto (habitaciones, baños, galerías).
No podrán destinarse a:
– Pago de mano de obra.
– Cancelación de facturas anteriores.
– Honorarios por gestión del proyecto.
PROCEDIMIENTO DE POSTULACIÓN
Los interesados deberán:– Completar el Formulario de Postulación disponible en formato digital >> Click aquí
– Adjuntar toda la documentación requerida en formato pdf, incluido el presupuesto del proyecto
– Enviar la postulación dentro del plazo establecido: hasta el 29 de septiembre del 2025
– Recibirán confirmación automática de la recepción vía correo electrónico.
EVALUACIÓN DE PROYECTOS
Los proyectos postulados serán evaluadas técnica y financieramente por el equipo técnico de la Secretaria de Turismo de la provincia de La Rioja. La comisión evaluadora de la Secretaria, se sugiere sean considerados en el Formulario de Postulación los siguientes criterios que serán tomados como base en la evaluación:
8.1 Viabilidad técnica: injerencia del 40%
– Claridad y solidez de la solución propuesta.
– Adecuación de las actividades, plazos y recursos a los objetivos.
– Capacidad técnica del/la beneficiario(a) para ejecutar el proyecto.
– Disponibilidad y viabilidad de la tecnología y herramientas requeridas.
– Plan de implementación realista y factible.
8.3 Impacto y fortalecimiento del emprendimiento: injerencia del 25%
– Potencial para fortalecer a prestadores turísticos locales y fomentar la identidad territorial.
– Generación de empleo y/o mejora de ingresos para micro, pequeñas y medianas empresas.
– Contribución a la sostenibilidad ambiental, social y cultural.
– Sostenibilidad de resultados tras la finalización del financiamiento (continuidad de servicios, diversificación de ingresos, etc.).
8.4 Viabilidad financiera: injerencia del 25%
– Claridad y razonabilidad del presupuesto, fuentes de financiamiento y uso de fondos.
– Evidencia de costos razonables y control de gastos.
– Capacidad de generación de ingresos o ahorro para sostener las mejoras.
– Mecanismos de monitoreo y control financiero.
8.5 Impacto en la experiencia del visitante: injerencia del 10%
– Mejoras previstas en calidad de servicios, atención al cliente y experiencia del visitante.
– Identificación de indicadores de satisfacción y métricas de calidad.
8.6 Sostenibilidad y responsabilidad: injerencia del 10%
– Prácticas ambientales, sociales y culturales incluidas en el proyecto.
– Beneficio para comunidades locales y protección de recursos.
– Inclusión y diversidad en la oferta y en la ejecución del proyecto.
8.7 Gestión y gobernanza del proyecto: injerencia del 5%
– Claridad de roles, cronograma, hitos, riesgos y mitigaciones.
– Estrategia de monitoreo, evaluación y reporte de avances.
– Capacidad de alianzas y coordinación con actores locales: autoridades, comunidades, proveedores, etc.
RESULTADOS Y ENTREGA DE FONDOS
9.1 A partir del 6 de octubre de 2025 se publicará la nómina oficial de beneficiarios.
9.2 Los seleccionados deberán firmar un Acta Acuerdo con la Secretaría de Turismo.
9.3 Cada beneficiario contará con 30 días corridos para presentar la factura correspondiente al presupuesto aprobado.
9.4 Los no seleccionados podrán solicitar una devolución personalizada de los motivos enviando un correo a impulsoturistico.contacto@gmail.com dentro de los 10 días posteriores a la publicación de la nómina.
SEGUIMIENTO Y FISCALIZACIÓN
10.1 El equipo de Secretaria de Turismo de la provincia La Rioja podrá realizar acciones para conocer el estado de avance de los proyectos aprobados, como así también, llevar a cabo acciones de capacitación y acompañamiento en favor de los beneficiarios.
10.2 Los beneficiarios de anteriores ediciones del programa no pueden presentarse en futuras convocatorias.
10.3 La Secretaría d Turismo llevará a cabo la fiscalización de la ejecución de los proyectos, dicha ejecución deberá realizarse dentro de los 30 días corridos de la fecha de entrega de los fondos solicitados.
10.4 En el caso de incumplimiento por parte de los beneficiarios en la ejecución de su proyecto y/o destinen los fondos para otros fines distintos a los asignados, la Secretaria de Turismo de la provincia de La Rioja queda facultada a exigir un informe de justificación de lo acontecido y/o la devolución del monto recibido más sus intereses, impulsando las acciones legales correspondientes al caso.
10.5 Al recibir los fondos correspondientes, los responsables asumen conocer, aceptar y cumplir con las obligaciones y condiciones del programa.
DISPOSICIONES GENERALES
11.1 La participación y/o uso de los beneficios del programa implica la aceptación plena de estas bases y condiciones, así como el compromiso de cumplir con las obligaciones establecidas.
11.2 El Gobierno de La Rioja podrá modificar, suspender o cancelar total o parcialmente el programa por razones de fuerza mayor, disponibilidad presupuestaria u otras circunstancias debidamente justificadas. Aún antes de finalizar la fecha de vigencia del programa, debiendo comunicar por medio fehaciente esta decisión.
11.3 Toda la información oficial del programa, listados actualizados de alojamientos y comercios adheridos, así como formularios de inscripción, estarán disponibles en: turismo.larioja.gob.ar
11.4 La adhesión de los prestadores turísticos al programa autoriza el registro y difusión de imágenes y videos del establecimiento, con fines de promoción turística del programa, respetando siempre el derecho a la intimidad de los clientes y personal del establecimiento. Esta aceptación es fundamental y necesaria para fortalecer la visibilidad del programa y potenciar su alcance entre los clientes e integrantes del sector privado.
CONSULTAS
Las consultas podrán realizarse por los canales oficiales de la Secretaría de Turismo de la Provincia de La Rioja, publicados en el sitio web turismo.larioja.gob.ar
En específico se establece el siguiente mail para consultas: impulsoturistico.contacto@gmail.com
LEGISLACIÓN APLICABLE Y JURISDICCIÓN
Las bases y condiciones del presente programa se regirán de conformidad con la Legislación Argentina y serán competentes para resolver cualquier reclamo o controversia que pudiera plantearse en relación con la validez, interpretación y cumplimiento de estas bases los Juzgados y Tribunales de la Ciudad Capital de La Rioja.